Violencia Obstétrica: "Cuando vemos un parto en realidad vemos un abuso sexual"
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En el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos desde el Observatorio Violencia Obstétrica (OVO) del colectivo «Las Casildas» denunciaron que el Estado Argentino incumple con la Ley de Parto Humanizado. El pasado 10 de diciembre el observatorio presentó un nuevo informe y en esta oportunidad el trabajo realizado es sobre un relevamiento de quejas administrativas al cumplimiento de la ley 25.929.

La violencia obstétrica es definida como una forma específica de violencia ejercida por profesionales de la salud (predominantemente médicos y personal de enfermería) hacia las personas embarazadas, en labor de parto y el puerperio. Hace pocos días, por primera vez, una Argentina pidió reparación ante la ONU por violencia obstétrica.

«Ésta es una temática que hace pocos años se empezó a visibilizar y tiene que ver con la apropiación de nuestros cuerpos por parte del sistema médico, contó Violeta Osorio, feminista e integrante del Observatorio Violencia Obstétrica (OVO).

El objetivo de este segundo informe es alertar sobre la necesidad de concretar políticas públicas efectivas que frenen las vulneraciones sistemáticas a los derechos humanos dentro de las salas de partos.

«La violencia obstétrica es transversal y se puede expresar de distintas maneras: 9 de cada 10 mujeres sufren violencia obstétrica. Buscamos que la ley, que tiene 17 años, se haga efectiva, que existan políticas públicas reales y concretas. El Estado debe dar garantias» remarcó la referenta e integrante de Las Casildas.

La ley de Parto Humanizado indica en su primer articulo que «será de aplicación tanto al ámbito público como privado de la atención de la salud en el territorio de la Nación y que las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio».

En el reciente informe se indagó en el circuito de las “quejas administrativas” enfocando tanto en los motivos por el que las mujeres no llevan adelante este trámite, así como por el recorrido que hacen aquellas que deciden encarar este proceso. La muestra se compone de un total de 1218 casos recolectados entre el 27 de agosto y el 25 de noviembre del 2021. «El objetivo es demostrar la condición a la que llegamos, que el estado vulnera derechos no solo en la sala de parto sino en todo el proceso», Osorio

La 25.929 en su artículo dos enumera los derechos que tiene toda persona gestante y en el tres los relativos al recién nacidx. En tanto que el artículo seis indica que «el incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga, como así también el incumplimiento por parte de los profesionales de la salud y sus colaboradores y de las instituciones en que éstos presten servicios, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder».

Es improtante señalar que la ley 26485, de Protección Integral a las Mujeres, incorpora a la violencia obstétrica, pero no contempla sanciones. «Se preve la sanción de carácter administrativo cuando se incumple pero a 17 años de la Ley no existen sanciones, quien la incumple no le pasa nada, no se generaron mecanismos de reparación ni prevención. No hay políticas públicas en relación a este tema», concluyó Osorio.

Escucha la entrevista completa con Violeta Osorio en el programa Feria Franca por Megafón UNLa

2021-12-17 13:45:31
Categoría: Derechos humanos
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